Todo ser humano tiene derecho a conocer su verdadera identidad.  Así lo establecen tanto la Convención de los Derechos del Niño como la Convención Americana de los Derechos Humanos.

Por ello, la ley permite la libre investigación de la paternidad o la maternidad.

Esta investigación de la paternidad se puede realizar directamente en el Registro Civil cuando se trata de niños recién nacidos hasta la edad de un año (Ley de Paternidad Responsable).

En las otras situaciones se deben iniciar procesos judiciales de investigación de la paternidad o de la maternidad (filiación) cuando la misma es desconocida; o de impugnación de paternidad o de maternidad cuando legalmente se ostenta una identidad que biológicamente no corresponde a la realidad.

Tratándose de los procesos de investigación judicial de paternidad (filiación e impugnación de paternidad) se requiere de la representación de un abogado y la principal prueba es la de ADN.

Ese proceso de libre investigación o impugnación de la paternidad se puede hacer en vida como después de la muerte de los progenitores.